EXCEPCION A LA PROHIBICION ESTABLECIDA EN EL ART. 1° DEL DECRETO 447/007, RELATIVO A LA RENOVACION DEL PARQUE AUTOMOTRIZ




Promulgación: 18/10/2022
Publicación: 25/10/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 447/007, de fecha 19 de noviembre de 2007;

   RESULTANDO: que la citada disposición establece la prohibición de toda renovación del parque automotriz que implique el egreso de caja, cualquiera fuera la fuente de financiamiento, con excepción del correspondiente a los tributos que graban la importación, así como los precios o tarifas que deben abonarse como consecuencia de la importación;

   CONSIDERANDO: I) que resulta necesario y justificado renovar el parque automotriz del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, acorde a su estructura organizativa y atento al intenso desgaste que ha sufrido su flota;

   II) que teniendo en cuenta los cometidos y objetivos de esa Secretaría de Estado, y a efectos de cumplir las competencias atribuidas, que implican entre otras la permanente actividad fiscalizadora de las condiciones de trabajo, salud, seguridad y medio ambiente, de acuerdo a los avances en materia legislativa y reglamentaria;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el Decreto del Poder Ejecutivo N° 447/007, de fecha 19 de noviembre de 2007;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Exceptúese de la prohibición establecida en el Artículo 1° del Decreto 447/007, de fecha 19 de noviembre de 2007, en el ejercicio 2022, al Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social", a los efectos de la renovación parcial de su flota automotriz.

Artículo 2

   Comuníquese, etc.

   LACALLE POU LUIS - LUIS ALBERTO HEBER; CAROLINA ACHE - ALEJANDRO IRASTORZA - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - JOSÉ LUIS FALERO - WALTER VERRI - PABLO MIERES - JOSÉ SATDJIAN - FERNANDO MATTOS - TABARÉ VIERA - TABARÉ HACKENBRUCH - MARTÍN LEMA - ADRIÁN PEÑA
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