REGLAMENTACION DE LA LEY 19.580 (LEY DE VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES BASADA EN GENERO)




Promulgación: 11/11/2019
Publicación: 27/11/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.580 de 22/12/2017.

Artículo 2

   REGISTRO, ESTUDIOS E INVESTIGACIONES (lit. H art.19 y lit. K y L del art. 22 de la Ley N° 19.580 de 22 de diciembre de 2017).
   El Área Programática Violencia Basada en Género y Generaciones será responsable de coordinar estudios e investigaciones cuantitativas y cualitativas sobre el impacto de la violencia basada en género en la salud de las mujeres y sobre los modelos de atención a las víctimas para una mayor eficacia en las respuestas.
   El Ministerio de Salud Pública determinará los lineamientos para el adecuado registro de las situaciones de violencia basada en género intra y extrainstitucional, incluyendo datos sobre la prevalencia, los factores de riesgo y las repercusiones sanitarias de la violencia basada en género. A tales efectos articulará sus acciones con el Observatorio sobre la Violencia Basada en Género hacia las Mujeres y con el Instituto Nacional de las Mujeres y podrá:
   a. Celebrar convenios con otras instituciones públicas o privadas.
   b. Requerir información de las distintas dependencias y de las instituciones prestadoras de salud del Sistema Nacional Integrado de Salud.
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