FIJACION PARA EL 23 DE SETIEMBRE DE 2011 COMO FECHA DE TRASLADO DE LOS
RESTOS DEL GENERAL JOSE GERVASIO ARTIGAS AL REGIMIENTO "BLANDENGUES DE
ARTIGAS" DE CABALLERIA N° 1, PARA LA REPARACION DE LA URNA EXTERIOR DE
MADERA Y OTRAS OBRAS DE REMODELACION
VISTO: las obras de equipamiento y remodelación que se vienen llevando a
cabo en el Mausoleo al General Arugas;
RESULTANDO: I) que debe asimismo procederse a la reparación de la urna
exterior de madera que contiene la urna de plata dentro de la cual se
guardan los restos del General José Gervasio Artigas;
II) que a los efectos de la reparación de la urna exterior de madera se
hace necesario trasladar la misma al Regimiento "Blandengues de Artigas"
de Caballería N° 1 por un plazo no mayor a treinta días;
CONSIDERANDO: I) que corresponde fijar la fecha de dicho traslado para el
día 23 de setiembre de 2011, haciéndolo coincidir con los actos
conmemorativos de su fallecimiento como un homenaje al Prócer;
II) que posteriormente a dicha reparación se entiende conveniente, hasta
la culminación de las obras en el Mausoleo, el traslado de los restos del
Prócer al Salón de los Pasos Perdidos del Palacio Legislativo;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en el Decreto Ley N° 14.276 de 27
de setiembre de 1974;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Dispónese para su reparación el traslado de la urna exterior de madera
que contiene la urna de plata dentro de la cual se guardan los restos del
General José Gervasio Artigas, al Regimiento "Blandengues de Artigas" de
Caballería N° 1, por un plazo no mayor de treinta días.
(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 368/011 de 21/10/2011 artículo 1.
Una vez finalizada la reparación, los restos del Prócer se trasladarán al
Salón de los Pasos Perdidos del Palacio Legislativo, donde serán
custodiados por efectivos del Regimiento "Blandengues de Artigas" de
Caballería N° 1, hasta la finalización de las obras de equipamiento y
remodelación del Mausoleo que lleva su nombre.