Visto: el decreto del Poder Ejecutivo del 21 de enero de 1981 por el
que se aprobaron las bases del llamado a licitación para la venta de los
bienes del activo fijo administrado por la Comisión Administradora de la
Industria Textil, ley 13.469 (C.A.I.T.E.X.).
Resultando: que comunicado el Tribunal de Cuentas de la República no
formula objeciones al pliego de condiciones referido, entendiendo que
debería excluirse la mención a dicho Tribunal, entre los "Organismos de
la Administración Contratante" previstos en el numeral tercero, literal
a).
Considerando: que corresponde hacer lugar a la observación,
excluyendo la mención al Tribunal de Cuentas de la República de los
organismos referidos por su carácter de órgano de contralor externo no
activo en la contratación de que se trata.
Atento: a lo expuesto, y lo previsto en el artículo 37 del Proyecto
de Ley de Contabilidad y Administración Financiera puesto en vigencia
por el decreto 104/968, de 6 de febrero de 1968,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase el pliego de condiciones para la venta del activo fijo de "Cuopar S.A." y colaterales, administrados por la Comisión Administradora
de la Industria Textil, ley 13.469 (C.A.I.T.E.X.), aprobado por decreto del 21 de enero de 1981, estableciendo que el literal a) del numeral "tercero" (Oferentes) queda redactado de la siguiente manera: (*)