CREACION DE REGIMEN ESPECIAL DE CONTRATACION EN LA PROVISION DE REPUESTOS PARA MANTENIMIENTO Y REPARACION DE LA FLOTA VEHICULAR DEL MINISTERIO DEL INTERIOR




Promulgación: 30/09/2021
Publicación: 06/10/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 9

   (Vigencia de la nómina).- La vigencia de la nómina será de 1 (un) año a partir de la conformación y adjudicación de la lista primaria de proveedores de repuestos, prorrogable en forma automática por hasta dos períodos de igual duración.

   La Administración y los proveedores de repuestos podrán, con preaviso de 30 (treinta) días corridos antes del vencimiento del plazo original o sus prórrogas, manifestar por escrito su voluntad de no prorrogar el contrato, debiendo dar cumplimiento a las obligaciones pendientes en caso de corresponder.

   Los interesados en integrar la nómina de proveedores habilitados que cumplan con las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones Particulares podrán solicitar su incorporación ante el Ministerio del Interior, en cualquier momento mientras permanezca vigente la referida nómina.

   En todos los casos, los nuevos proveedores deberán ajustarse a las condiciones de la convocatoria original.
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