{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "336" 
  ,"anioNorma" : 2014 
  ,"nombreNorma" : "MANTENIMIENTO DE LOS REGIMENES DE TRABAJO EXTRAORDINARIOS POR PARTE DE\r\nLA DIRECCION GENERAL DE CASINOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2014/11/28/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "21/11/2014" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/11/2014" 
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  ,"anio" : 2014 
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  ,"vistos" : "    VISTO: lo dispuesto en los artículos 6 a 16 de la Ley N° 19.121 de 20 de agosto de 2013 y Decreto N° 169/2014 de 09 de junio de 2014.\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que las citadas disposiciones regulan aspectos relativos a las condiciones de trabajo de los funcionarios públicos del Poder Ejecutivo, sin perjuicio de los regímenes especiales existentes.\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que el Estatuto del Funcionario Público de la Administración Central pretendió compilar en un mismo texto normativo los diversos regímenes jurídicos que se fueron sancionando, con la salvaguarda y reconociendo que existen regímenes especiales atendiendo a la especialidad y particularidad del cometido a cumplir.\r\n\r\n   II) que la Dirección General de Casinos es una Unidad Ejecutora del Ministerio de Economía y Finanzas cuyo cometido es la explotación de juegos de azar, lo cual determina una particular forma de organización y un presupuesto anual en el que se prevé la normativa aplicable a sus funcionarios.\r\n\r\n   III) que la especialidad de la actividad y el régimen de funcionamiento de las Salas de Juegos, así como la especial estructura que posee para atender a las mismas, justifican la existencia del régimen extraordinario existente.\r\n\r\n   ATENTO: a lo expuesto e informado por la Oficina Nacional del Servicio Civil, la Dirección General de Casinos y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/336-2014/1" 
 ,"textoArticulo" : "    La Dirección General de Casinos mantendrá los regímenes de trabajo extraordinarios vigentes a la fecha para el personal que desempeña sus funciones en las salas de juego, no siendo de aplicación lo dispuesto por los artículos 6 al 16 de la Ley N° 19.121 de 20 de agosto de 2013.\r\n " 
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 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y vuelva al organismo de origen.\r\n " 
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  ,"firmantes" : "    JOSÉ MUJICA - MARIO BERGARA\r\n " 
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