DESIGNACION DE LAS ENTIDADES ASEGURADORAS COMO RESPONSABLES DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE TERCEROS




Promulgación: 19/08/2003
Publicación: 26/08/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 368
VISTO: la facultad otorgada al Poder Ejecutivo por el artículo 38º de la 
Ley Nº 17.453, de 28 de febrero de 2002, para designar responsables por 
obligaciones tributarias de terceros.-

RESULTANDO: que en actividades relacionadas con la prestación de 
servicios de cobertura de riesgos relativos a automotores por entidades 
aseguradoras, se han constatado situaciones que perjudican a quienes 
cumplen correctamente con sus obligaciones tributarias.-

CONSIDERANDO: conveniente hacer uso de las facultades referidas en el 
Visto como forma de resguardar el crédito fiscal.-

ATENTO: A lo expuesto.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                DECRETA:                                  

Artículo 1

    Responsables. Desígnase responsables por obligaciones tributarias de
terceros a las entidades aseguradoras por los pagos que realicen en
cumplimiento de cobertura, de riesgos relativos a automotores, a quienes
desarrollen actividades de venta de repuestos o autopartes; talleres
mecánicos, de chapa y pintura, electricidad automotriz, y similares. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 184/006 de 16/06/2006 artículo 1.
Ver en esta norma, artículos: 2 y 5.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 336/003 de 19/08/2003 artículo 1.
Referencias al artículo

BATLLE - ALEJANDRO ATCHUGARRY


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