{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "336" 
  ,"anioNorma" : 1981 
  ,"nombreNorma" : "COMERCIO EXTERIOR" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1981/07/29/15" 
    ,"fechaPromulgacion" : "13/07/1981" 
  ,"fechaPublicacion" : "29/07/1981" 
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  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1981 
  ,"pagina" : 99 
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  ,"vistos" : "    Visto: el artículo 10 del decreto 35/981, de 28 de enero de 1981, por\r\nel cual se excluyen de los beneficios que dicho decreto otorga, a\r\naquellas operaciones de admisión temporaria respecto de las cuales se\r\nhubiera dispuesto la nacionalización con anterioridad al 28 de enero de\r\n1981.\r\n\r\n   Considerando: I) Que es equitativo extender los beneficios otorgados\r\npor el decreto 35/981, de 28 de enero de 1981, y concordantes, a\r\naquellas importaciones en Admisión Temporaria, cuyas nacionalizaciones\r\nfueron dispuestas con anterioridad al 28 de enero de 1981;\r\n\r\n   II) Que tal medida supone facilitar el pago de las deudas que en\r\ndichos casos se ha generado.\r\n\r\n   Atento: a lo expuesto y a lo previsto por el decreto 35/981, de 28 de\r\nenero de 1981,\r\n\r\n                   El Presidente de la República\r\n\r\n                                DECRETA:\r\n " 
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 ,"textoArticulo" : "    Derógase el artículo 10 del decreto 35/981, de 28 de enero de 1981.\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese y publíquese.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - VALENTIN ARISMENDI - ESTANISLAO VALDES\r\nOTERO - EDUARDO J. SAMPSON\r\n " 
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