El personal de la Corporación, incluidos los integrantes del Directorio, percibirá mensualmente una prima por antigüedad determinada en función de los años efectivamente trabajados en la actividad bancaria y reconocidos por la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias. El importe de la prima por antigüedad que percibirá cada funcionario, para una jornada de 8 horas se determina multiplicando el total de años de antigüedad bancaria por el valor básico de la franja que le corresponda de acuerdo al siguiente detalle:
Franja |
Valor básico estimado al 1 de julio de 2015 |
|
De 1 a 5 años |
$ |
553,20 |
De 6 a 10 años |
$ |
598,17 |
De 11 a 15 años |
$ |
620,19 |
De 16 a 20 años |
$ |
635,86 |
De 21 años y más |
$ |
664,24 |
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 9 y 12 (vigencia).Ayuda