{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "335" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE REESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE PROGRAMAS PRESUPUESTALES.\r\nDIRECCION GENERAL DE REGISTROS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/05/08/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "22/04/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "08/05/1975" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1975 
  ,"pagina" : 893 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/335-1975?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "                          \r\n\r\nVisto: lo dispuesto por el artículo 67º de la ley 14.189 de 30 de abril de\r\n1974.\r\n\r\nResultando: I) Que en función de lo preceptuado por el decreto 454/974 de\r\n6 de junio de 1974, fue creado el Grupo de Trabajo cuyo cometido es el\r\nestudio y pronunciamiento sobre los proyectos de reestructuración y\r\nracionalización administrativa de los Programas Presupuestales;\r\n\r\nII) Que la Dirección General de Registros (Programa 11.03), envió en plazo\r\nel Proyecto de Reestructura de sus Programas, produciendo su informe el\r\nGrupo de Trabajo, el que fue elevado al Director de la Oficina Nacional\r\ndel Servicio Civil y al Contador General de la Nación, quienes aconsejan\r\nsu aprobación por parte del Poder Ejecutivo.\r\n\r\nConsiderando: I) Que la reestructura propuesta por la Dirección General de\r\nRegistros propende a una racionalización de los servicios que ejecutan los\r\ncometidos correspondientes a la Unidad Ejecutora, cumpliéndose así con la\r\nnorma objetiva -en su letra y espíritu- representada por el citado\r\nartículo 67º;\r\n\r\nII) Que el citado proyecto no produce lesión de derechos funcionales, ni\r\nprovoca aumentos en las retribuciones de los cargos correspondientes a los\r\nactuales escalafones;\r\n\r\nIII) Que la partida utilizada no supera el 5% de las dotaciones\r\npresupuestales asignadas al Rubro 0 del Programa 11.04.02,\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/335-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : " Apruébase la reestructura presupuestal y racionalización administrativa de\r\nlos servicios de la Unidad Ejecutora Dirección General de Registros\r\n(Programa 11.03) que se encuentran glosados en estos antecedentes.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/335-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : " Los cargos presupuestales de la referida Unidad Ejecutora pasarán a ser\r\nlos siguientes:\r\n\r\n\r\nNº de\r\ncargos         Denominación                  Escalafón      Grado\r\n\r\n   1      Director Gral. de Registros (1)...     AaA            E4\r\n   1      Escribano de Gobierno y Hacienda..     AaA            E\r\n   6      Director..........................     AaA            E4\r\n   1      Escribano de Hacienda.............     AaA            E4\r\n   1      Escribano Adjunto de Hacienda.....     AaA            E4\r\n   6      Subdirector.......................     AaA            E3\r\n  19      Escribano Director de Registros...     AaA            E3\r\n  20      Escribano Adjunto.................     AaA            E3\r\n   1      Escribano Jefe Técnico............     AaA            E3\r\n   6      Secretario........................     AaA            E3\r\n   9      Jefe de Despacho..................     Ab             12\r\n   1      Jefe de Archivo...................     Ab             12\r\n  20      Oficial 1º........................     Ab             10\r\n  23      Oficial 2º........................     Ab              9\r\n  12      Oficial 3º........................     Ab              9\r\n  59      Oficial 4º........................     Ab              8\r\n  24      Oficial 5º........................     Ab              7\r\n  10      Auxiliar 1º.......................     Ab              7\r\n   3      Auxiliar 2º.......................     Ab              6\r\n   1      Jefe de 3ª........................     Ab              6\r\n  69      Auxiliar 4º.......................     Ab              5\r\n   1      Oficial 2º........................     Ab              4\r\n   1      Auxiliar 1º.......................     Ab              4\r\n   1      Auxiliar 3º.......................     Ab              2\r\n   5      Conserje de 2ª....................     Ad              7\r\n   1      Conserje de 3ª....................     Ad              6\r\n   2      Limpiadores.......................     Ad              4\r\n   1      Ayudante de 4ª....................     Ad              1\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/335-1975/3" 
 ,"textoArticulo" : " Las dotaciones presupuestales de este Programa surgen de las normas de\r\nnivelación con el Poder Judicial, de acuerdo al articulo 74º de la ley\r\n13.320 de 28 de diciembre de 1964, la cual es de aplicación a todos los\r\ncargos, inclusive las transformaciones establecidas precedentemente.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/335-1975/4" 
 ,"textoArticulo" : " La aplicación de lo dispuesto precedentemente no puede significar\r\ndisminución de las actuales remuneraciones de los funcionarios de la\r\nDirección General de Registros.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/335-1975/5" 
 ,"textoArticulo" : " La estructura proyectada de la Dirección General de Registros se compone\r\nde una Dirección General de la que dependen una Secretaría, tres\r\nDivisiones: Jurídico, Registral, Técnica y Administrativa; además de los\r\nRegistros de Capital e Interior. De la División Administrativa dependen\r\ntres Departamentos: Administrativo, Financiero Contable y Personal. Del\r\nDepartamento Financiero Contable depende la Sección Adquisiciones y\r\nSuministros. Los Registros de la Capital son: Traslaciones Dominio,\r\nHipotecas 1ª y 2ª Sección, Inhibiciones, Arrendamientos y Anticresis,\r\nPoderes y Nacional de Vehículos Automotores. Los Registros del Interior,\r\nen cada Capital Departamental, Registros Departamentales de Traslaciones\r\nde Dominio, Poderes, Prenda Agraria e Industrial y Vehículos Automotores.\r\n\r\n En la ciudad de Pando (Departamento de Canelones) Registro Local de\r\nTraslaciones de Dominio, Poderes, Prenda Agraria e Industria y Vehículos\r\nAutomotores. En la ciudad de Las Piedras (Departamento de Canelones),\r\nRegistro de Vehículos Automotores.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/335-1975/6" 
 ,"textoArticulo" : " La presente reestructura tendrá vigencia al día inmediato siguiente a la\r\naprobación expresa o tácita por el Consejo de Estado, debiendo efectuarse\r\nlas promociones, transformaciones y designaciones a que aquélla obligue.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/335-1975/7" 
 ,"textoArticulo" : " La planilla de cargos que forma parte de esta reestructura, está ajustada\r\nal padrón de sueldos del mes de diciembre de 1974 no debiéndose tener en\r\ncuenta para el momento de su puesta en práctica, las incorporaciones del\r\nPersonal del Frigorífico Nacional u otras que se hubieren efectuado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "8" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 8" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/335-1975/8" 
 ,"textoArticulo" : " Dentro de los noventa días de publicado el presente decreto, las Unidades\r\nEjecutoras deberán presentar el nuevo Reglamento Orgánico Funcional de sus\r\ndependencias.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "9" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 9" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/335-1975/9" 
 ,"textoArticulo" : " Dése cuenta al Consejo de Estado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "10" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 10" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/335-1975/10" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, publíquese y cumplido archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BORDABERRY - DANIEL DARRACQ - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS\r\n " 
 }