REGLAMENTACION A LA LEY 18.437 (LEY GENERAL DE EDUCACION)




Promulgación: 20/07/2009
Publicación: 29/07/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 176
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.437 de 12/12/2008.

Artículo 8

 De la integración de las Comisiones. Los organismos o sectores que
integran las Comisiones creadas por la ley que se reglamenta, podrán
designar los alternos que estimen necesarios para su legítima
representación y disponer el carácter de participación de los mismos, sin
que ello afecte el equilibrio plural de la integración y la eficacia de la
actuación, aspectos que serán regulados y acordados en la propia Comisión
al dictar su reglamento interno de funcionamiento.
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