REGLAMENTACION REGIMEN DE DEVOLUCION DEL IVA A TURISTAS NO RESIDENTES. ADQUISICION DE BIENES DE PRODUCCION NACIONAL CON DESTINO CONSUMO EXTERIOR




Promulgación: 20/07/2009
Publicación: 29/07/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 172
Derogada/o por: Decreto Nº 378/012 de 23/11/2012 artículo 14.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 32.
VISTO: el artículo 32 de la Ley Nº 18.083 de 27 de diciembre de 2006.

RESULTANDO: I) que la mencionada norma faculta al Poder Ejecutivo a
establecer un régimen de devolución, total o parcial, del Impuesto al
Valor Agregado incluido en las adquisiciones de bienes de producción
nacional, realizadas por turistas no residentes en el país, siempre que
tales bienes estén destinados a ser utilizados o consumidos en el exterior
de la República.

II) que es intención del Poder Ejecutivo contribuir a una mejora de las
condiciones de competencia del sector turístico.

III) que la devolución referida implicará un impulso relevante a dicho
sector de actividad.

CONSIDERANDO: conveniente ejercer la referida facultad, así como
establecer el marco que permita hacer operativo el beneficio propuesto,
con las correspondientes garantías para el Estado.

ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Inciso 3º) redacción dada por: Decreto Nº 63/011 de 08/02/2011 artículo 1.
Inciso 3º) redacción dada anteriormente por: Decreto Nº 584/009 de 
21/12/2009 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 584/009 de 21/12/2009 artículo 1, Decreto Nº 333/009 de 20/07/2009 artículo 1.

TABARE VAZQUEZ - ALVARO GARCIA - JORGE BRUNI - JOSE BAYARDI - VICTOR ROSSI
- HECTOR LESCANO
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