{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "332" 
  ,"anioNorma" : 2014 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE LA DISTRIBUCION DE JURISDICCIONES CONSULARES\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2014/11/24/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/11/2014" 
  ,"fechaPublicacion" : "24/11/2014" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2014 
  ,"pagina" : 933 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/332-2014?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "    VISTO: que por Resolución 477/2014 de 18 de agosto de 2014 se actualizó el régimen de concurrencias de las Misiones Diplomáticas;\r\n        \r\n   RESULTANDO: que es necesario modificar también las jurisdicciones de las Oficinas Consulares de la República para adecuarlas a las necesidades del importante número de nacionales residentes en el exterior y a las demandas del comercio, el turismo y las actividades económicas en general;\r\n         \r\n   CONSIDERANDO: la conveniencia de extender y asignar las jurisdicciones consulares para cubrir el mayor número posible de territorios y evitar en lo posible el recurrir a las legalizaciones indirectas;\r\n         \r\n   ATENTO: a lo dispuesto por la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares del 24 de abril de 1963 y a la Ley 19.268 de 18 de setiembre de 2014;\r\n         \r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/332-2014/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Apruébase la distribución de jurisdicciones consulares que regirá la actividad de Misiones Diplomáticas con funciones consulares y de las Oficinas Consulares de la República que forma parte integrante y se adjunta (*) al presente Decreto. " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/332-2014#CUADRO\" >Texto/imagen</a>.\r\n<b> Ver: </b> Decreto Nº 271/015 de 09/10/2015 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/271-2015/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/332-2014/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Instrúyese a los Jefes de Misión, Jefes de Sección Consular o Cónsules Generales a realizar las gestiones necesarias para instrumentar la actividad consular en las jurisdicciones que por el presente han sido establecidas.     \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/332-2014/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Las jurisdicciones establecidas no podrán utilizarse como argumento para negar servicios consulares a quienes lo soliciten. Cuando las normas nacionales o internacionales, impidan la prestación de un servicio, los funcionarios que reciben la solicitud extremarán esfuerzos para orientar a los solicitantes y ponerlos en comunicación con la oficina competente.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/332-2014/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, notifíquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    JOSE MUJICA - LUIS ALMAGRO " 
 }