EXONERACION DE ASISTENCIA A CURSOS O CLASES EN INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA
DE COMPETIDORES DEPORTIVOS Y OTORGAMIENTO DE LICENCIA EN CASO DE FUNCIONARIOS PUBLICOS
Cuando se posea la calidad de funcionario público y a los efectos de
obtener la licencia correspondiente, ésta no podrá ser otorgada si no
media el informe favorable del Ministerio de Deporte y Juventud. En tal
sentido, el organismo de que se trate deberá remitir los antecedentes a
dicha Secretaría de Estado.
El Ministerio de Deporte y Juventud establecerá el plazo de la licencia a
otorgarse.