CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 4 BANCA. SUBGRUPO CASAS BANCARIAS Y FINANCIERAS




Promulgación: 10/07/1985
Publicación: 29/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

  Se establece el pago de 1/4 de sueldo del mes de junio de 1985 por 
única vez, el que deberá abonarse con plazo hasta el 10 de julio de 1985.
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