CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 4 BANCA. SUBGRUPO CASAS BANCARIAS Y FINANCIERAS




Promulgación: 10/07/1985
Publicación: 29/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

  Sobre los sueldos mínimos así determinados y sobre el resto de los sueldos de los funcionarios se aplicará un incremento del 22% equivalente
al aumento en el costo de vida entre los meses de marzo y mayo del corriente.
  Establécese que si los aumentos salariales determinados por el presente
decreto, superan al 22% en ningún caso el traslado a precios podrá ser
mayor a lo que incida el 22% de los salarios al 1º de marzo de 1985, en 
la estructura de costos de cada empresa.
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