{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "330" 
  ,"anioNorma" : 2021 
  ,"nombreNorma" : "PRORROGA DE VIGENCIA DEL DECRETO N° 147/021, RELATIVO A UN SUBSIDIO MENSUAL A TITULARES DE EMPRESAS BAJO LA MODALIDAD \"MONOTRIBUTO SOCIAL MIDES\"" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2021/10/01/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "24/09/2021" 
  ,"fechaPublicacion" : "01/10/2021" 
  ,"vistos" : "    VISTO: el Decreto N° 147/021, de 20 de mayo de 2021;\r\n\r\n   RESULTANDO: que, dicho Decreto creó un subsidio mensual de $ 7.305 (pesos uruguayos siete mil trescientos cinco), con destino a cada titular de una empresa unipersonal o a cada socio de sociedades de hecho sin dependientes, todas ellas bajo la modalidad \"Monotributo Social MIDES\" y que se encontraren inscriptos en dicho régimen al 28 de febrero de 2021 y que hayan realizado al menos un pago en el período comprendido entre el 1° de marzo de 2020 al 31 de marzo de 2021, a abonarse durante los meses de mayo, junio y julio de 2021;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que se entiende conveniente y oportuno prorrogar la vigencia del subsidio mensual de carácter transitorio dispuesto por el Decreto N° 147/021, 20 de mayo de 2021, debido a la evolución de la pandemia en el territorio nacional y sus consecuencias económicas;\r\n\r\n   II) que la acción propuesta se encuentra comprendida en las medidas de protección a la población frente a la emergencia sanitaria previstas en el artículo 1° de la Ley N° 19.874, de 8 de abril de 2020;\r\n\r\n   III) que la Agencia Nacional de Desarrollo tiene capacidad para instrumentar el subsidio en conjunto con el Banco de Previsión Social;\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por el Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020, el artículo 1° de la Ley N° 19.874, de 8 de abril de 2020, y el artículo 4° de la Ley N° 19.877, de 28 de abril de 2020;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/330-2021/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Prorrógase la vigencia desde el 1° de agosto al 30 de setiembre de 2021 del Decreto N° 147/021, de 20 de mayo de 2021, que dispone el subsidio mensual de $ 7.305 (pesos uruguayos siete mil trescientos cinco) con destino a cada titular de una empresa unipersonal o a cada socio de sociedades de hecho sin dependientes, todas ellas bajo la modalidad \"Monotributo Social MIDES\" y que se encontraren inscriptos en dicho régimen al 28 de febrero de 2021 y que hayan realizado al menos un pago en el período comprendido entre el 1° de marzo de 2020 al 31 de marzo de 2021.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/330-2021/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/330-2021/2" 
 ,"textoArticulo" : "    El subsidio mensual dispuesto en el presente decreto se financiará con cargo al Fondo Solidario COVID-19, creado por la Ley N° 19.874, de 8 de abril de 2020, y Decreto N° 133/020, de 24 de abril de 2020. A tales efectos se dispone la transferencia de los fondos equivalentes destinados para el pago del subsidio mensual dispuesto en el artículo 1° del presente, encomendando a la Agencia Nacional de Desarrollo la instrumentación y ejecución del mismo en conjunto con el Banco de Previsión Social.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/330-2021/3" 
 ,"textoArticulo" : "    En el marco de lo previsto por el artículo 4° de la Ley N° 19.877, de 28 de abril de 2020, el Banco de Previsión Social y la Agencia Nacional de Desarrollo intercambiarán la información disponible de sus registros de empresas y sus titulares.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/330-2021/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - PABLO MIERES - MARTÍN LEMA " 
 }