El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la gestión del Consejo Nacional de Evaluación y Fomento de Proyectos Artístico-Culturales, solicitando la determinación del límite de los beneficios e incentivos fiscales a otorgar a quienes realicen donaciones a favor de proyectos declarados de fomento artístico y cultural;
CONSIDERANDO: que es de aplicación lo dispuesto en el artículo 235 de la Ley N° 17.930, de 19 de diciembre de 2005, con la redacción dada por el artículo 186 de la Ley N° 19.438, de 14 de octubre de 2016, siendo competencia del Poder Ejecutivo la fijación de tales guarismos;
ATENTO: a lo informado por la Asesoría Tributaria y la Unidad de Presupuesto Nacional del Ministerio de Economía y Finanzas;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Fíjase en $ 10:000.000 (pesos uruguayos diez millones); el monto máximo de los beneficios e incentivos fiscales para el período comprendido entre el 1° de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020.