VII CENSO GENERAL DE POBLACION, III DE HOGARES Y V DE VIVIENDAS - DECLARACION DE FERIADO NO LABORABLE "DIA DEL CENSO"




Promulgación: 31/08/1995
Publicación: 14/09/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 275

CAPITULO IV - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 21

    EL Instituto Nacional de Estadística establecerá las normas a seguir
así como también los medios y el tiempo prudencial para la ordenada y
sistemática centralización de los materiales censales.
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