VII CENSO GENERAL DE POBLACION, III DE HOGARES Y V DE VIVIENDAS - DECLARACION DE FERIADO NO LABORABLE "DIA DEL CENSO"




Promulgación: 31/08/1995
Publicación: 14/09/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 275

CAPITULO I

Artículo 2

   Fíjase el 22 de mayo  del año 1996 para el levantamiento del VII Censo
General de Población, III de Hogares y V de Viviendas. En cumplimiento de
lo dispuesto por el artículo 369 de la ley 13.032 del 7 de diciembre de
1961, declárase feriado no laborable el "Día del Censo" en todo el
territorio nacional.  
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