VII CENSO GENERAL DE POBLACION, III DE HOGARES Y V DE VIVIENDAS - DECLARACION DE FERIADO NO LABORABLE "DIA DEL CENSO"




Promulgación: 31/08/1995
Publicación: 14/09/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 275

CAPITULO III - DEL PERSONAL OPERATIVO DEL CENSO

Artículo 10

    Los nombramientos del personal operativo del Censo recaerán en
empleados de Oficinas Públicas y Empresas Estatales, asistentes sociales,
miembros de las Fuerzas Armadas, Policía, miembros de entidades sociales,
religiosas, culturales, comerciales, industriales y deportivas, alumnos de
cursos superiores de enseñanza media, estudiantes universitarios y
cualquier otra persona que a juicio del Instituto Nacional de Estadística
posea las condiciones requeridas para la función.
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