{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "330" 
  ,"anioNorma" : 1990 
  ,"nombreNorma" : "TARIFAS PUBLICAS - ENERGIA ELECTRICA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1990/08/28/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "25/07/1990" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/08/1990" 
  ,"vistos" : "   Visto: el proyecto de tarifas de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, a regir a partir del 1.o de junio de 1990.\r\n\r\n  Visto: el proyecto de tasas denominadas \"B\" aplicadas por la citada Administración por concepto de gestiones diversas de trámites de servicios eléctricos.\r\n\r\n Considerando: que de los asesoramientos recabados surge que procede aprobar dichos cuadros de tarifas y tasas. \r\n\r\n Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Energía y del Ministerio de Industria y Energía y por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; \r\n\r\n El Presidente de la República\r\n\r\n                             DECRETA:\r\n\r\n \r\n\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/330-1990/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Apruébanse las tarifas de energía eléctrica para los servicios a cargo de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas que se detallan a continuación y que regirán a partir del 1.o de junio de 1990, así como las tasas \"B\" que tendrán vigencia a partir del día siguiente al de la fecha del decreto del Poder Ejecutivo que homologue los aumentos. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/330-1990/1\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/330-1990/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/330-1990/2" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, publíquese y vuelva a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - AUGUSTO MONTESDEOCA - ENRIQUE BRAGA SILVA " 
 }