CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 1 COMERCIO. SUBGRUPO SUPERGAS




Promulgación: 10/07/1985
Publicación: 29/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Dispónese el otorgamiento mensual de una suma de dinero equivalente al
precio de venta al público de 13 kilogramos de supergas, cantidad a la 
que se le adicionará el costo de las cargas sociales correspondiente. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
Ayuda