{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "330" 
  ,"anioNorma" : 1978 
  ,"nombreNorma" : "DECLARACION DE INTERES NACIONAL. DESARROLLO DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES DE LA ZONA TACUAREMBO - RIVERA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1978/06/26/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "13/06/1978" 
  ,"fechaPublicacion" : "26/06/1978" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1978 
  ,"pagina" : 1119 
  } 
  ,"vistos" : " Visto: los resultados de los diferentes estudios sectoriales, realizados y\r\nen ejecución, relativos al área nordeste del país, identificada, en\r\ntérminos generales, como los departamentos de Tacuarembó y Rivera y en\r\nparticular la cuenca del río Tacuarembó.\r\n\r\nResultando: I) Que dichos estudios coinciden en señalar la riqueza\r\npotencial de los recursos naturales renovables de la zona mencionada y las\r\nposibilidades favorables para el uso integrado de los mismos con vistas al\r\nincremento acelerado de la producción agropecuaria;\r\n\r\nII) Que entre los factores que hasta la fecha han limitado el desarrollo\r\nde la región se destaca la falta de una infraestructura básica adecuada,\r\nrazón por la cual existe decisión del Gobierno para consolidar las vías de\r\ntransporte en la medida que así lo exija el crecimiento socio-económico de\r\nla zona;\r\n\r\nIII) Que la información producida hasta la fecha se encuentra dispersa\r\ncomo consecuencia de que los respectivos estudios y reconocimientos\r\nobedecen a diferentes objetivos en correspondencia con otros tantos\r\nprogramas sectoriales.\r\n\r\nConsiderando: I) Que la zona de referencia, por su riqueza potencial y\r\nespecial aptitud para sustentar un positivo desarrollo del sector\r\nagropecuario, reúne condiciones que permiten señalarla como área\r\nprioritaria para concentrar acciones de los sectores público y privado con\r\nlas que pueden obtenerse respuestas a corto plazo en cuanto al incremento\r\ndel producto bruto regional y a una más racional distribución de las\r\nactividades agropecuarias a nivel nacional;\r\n\r\nII) Que es de interés del Gobierno implementar los lineamientos de\r\npolítica señalados anteriormente, mediante una acción coordinada en la que\r\nparticipen todos los sectores de la economía nacional;\r\n\r\nIII) Que teniendo en cuenta la superficie de la zona de referencia, es\r\nconveniente efectuar la instrumentación por etapas, las que serán\r\ndeterminadas de acuerdo a las recomendaciones de los estudios pertinentes\r\nefectuados por el área, la que se verá directamente beneficiada por la\r\nconstrucción de un nuevo puente ferroviaro sobre el río Negro a partir del\r\nKm. 329 de la línea Florida - Sarandí del Yí - Blanquillo y por la\r\nnecesaria complementación vial;\r\n\r\nIV) Que a los efectos indicados corresponde designar una Comisión\r\nIntersectorial con el cometido de inventariar y ordenar la información\r\nexistente y proponer al Poder Ejecutivo la integración de un Grupo de\r\nTrabajo Permanente a fines de planificar el desarrollo de la región por\r\netapas.\r\n\r\nAtento: a lo expuesto precedentemente,\r\n\r\n El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/330-1978/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Declárase de Interés Nacional el desarrollo de los recursos naturales\r\nrenovables de la Zona Tacuarembó - Rivera otorgándose carácter prioritario\r\na las inversiones que en infraestructura básica, física y social, requiera\r\ndicho desarrollo.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/330-1978/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/330-1978/2" 
 ,"textoArticulo" : " Cométese al Ministerio de Transporte y Obras Públicas y a la Universidad\r\nde la República la preparación de los recaudos relacionados con:\r\n\r\na)   La prolongación de la línea ferroviaria Florida - Blanquillo, al\r\n     norte del Km. 329 hasta una estación a ubicarse en la margen derecha\r\n     del río Negro;\r\n\r\nb)   La construcción de un puente ferroviario sobre dicho río en Paso de\r\n     las Piedras, estudiándose en el mismo su eventual uso para el\r\n     tránsito vehicular zonal.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/330-1978/3" 
 ,"textoArticulo" : "   Créase una Comisión Especial con el cometido de inventariar y ordenar la\r\ninformación existente y proponer al Poder Ejecutivo la integración de un\r\nGrupo de Trabajo Permanente a fines de planificar el desarrollo de la\r\nregión por etapas, la que estará integrada con un representante de la\r\nSecretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión, quien la presidirá,\r\nun representante de la Universidad de la República y un representante de\r\nlos siguientes Ministerios: Ministerio de Agricultura y Pesca; Ministerio\r\nde Transporte y Obras Públicas, Ministerio de Economía y Finanzas;\r\nMinisterio de Industria y Energía y Ministerio de Defensa Nacional.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/330-1978/3?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/330-1978/4" 
 ,"textoArticulo" : "   Para el cumplimiento de sus cometidos, la Comisión podrá requerir la\r\ncolaboración y el asesoramiento de otros organismos nacionales y\r\ndepartamentales.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/330-1978/5" 
 ,"textoArticulo" : "    A partir de su instalación, la Comisión dispondrá de un plazo de 60\r\n(sesenta) días para producir un informe preliminar relativo a la primera\r\netapa del desarrollo de la región y proponer los términos de referencia\r\npara realizar los estudios de preinversión que se requieran a estos fines.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/330-1978/6" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - EDUARDO J. SAMPSON - VALENTIN ARISMENDI - WALTER RAVENNA - DANIEL\r\nDARRACQ - LUIS H. MEYER\r\n " 
 }