REGLAMENTACION DEL CONTRALOR SOBRE LOS GASTOS QUE REALIZAN REPARTICIONES DE LA ADMINISTRACIONS CENTRAL




Promulgación: 18/01/1978
Publicación: 26/01/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 102
Referencias a toda la norma
   Visto: lo dispuesto por los artículos 654º y 655º de la ley 14.106, de
20 de marzo de 1973, el Subtítulo II, Gastos del Proyecto de Ley de
Contabilidad y Administración Financiera anexa al decreto 104/968, de 6 de
febrero de 1968.

   Considerando: I) La necesidad de reglamentar de manera uniforme el
contralor que debe efectuarse sobre los gastos que realizan las distintas
reparticiones de la Administración Central por suministros de bienes y
servicios de otros organismos estatales o paraestatales;

II) Que debe tenerse conocimiento cabal del monto de los suministros
efectuados para poder disponer el pago o la compensación de las deudas
generadas por tal concepto.

   Atento: a lo expuesto,

      El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros

                              DECRETA:

Artículo 1

   Todo suministro de bienes o servicios a las distintas reparticiones de
la Administración Central, por organismos estatales o paraestatales, se
efectuará mediante la respectiva orden de compra documentada. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2 y 9.

MENDEZ - HUGO LINARES BRUM - ALEJANDRO ROVIRA - VALENTIN ARISMENDI - WALTER RAVENNA - DANIEL DARRACQ - EDUARDO J. SAMPSON - LUIS H. MEYER -
JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING - ANTONIO CAÑELLAS - ESTANISLAO VALDES OTERO -
FERNANDO BAYARDO BENGOA
Ayuda