APROBACION DE NORMAS UNIT SOBRE TUBOS FLEXIBLES DE POLICLORURO DE VINILO (PVC) - INSTITUTO URUGUAYO DE NORMAS TECNICAS




Promulgación: 31/08/1995
Publicación: 14/09/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 273
  Visto: la reciente aprobación por parte del Instituto Uruguayo de Normas
Técnicas de las normas UNIT 952:94 y UNIT 953:94;

  Resultando: las normas UNIT 952:94 y UNIT 953:94 refieren a tubos
flexibles de policloruro de vinilo (PVC) para uso en conexiones para gases
licuados de petróleo, a baja presión, y a aparatos de calefacción
independientes, de combustión por llama, que utilizan gases licuados
de petróleo, no conectados a un conducto de evacuación, respectivamente;

  Considerando: I) que estas normas, en las condiciones actuales, son
de aplicación voluntaria;

II) que resulta conveniente que las mismas sean obligatorias a nivel
nacional, tanto para fabricantes como para importadores, haciéndose
exigible la certificación correspondiente como requisito imprescindible
para la comercialización de los referidos aparatos y tubos;

III) que el presente decreto debe guardar relación con lo dispuesto por el
Decreto Nº 317/987 de 8 de julio de 1987;

  Atento: a lo informado por la Administración Nacional de Combustibles,
Alcohol y Portland y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica de la
Presidencia de la República;

                     El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Apruébanse las normas UNIT 952:94 relativas a tubos flexibles de
policloruro de vinilo (PVC) para uso de conexiones para gases licuados de
petróleo, a baja presión, y UNIT 953:94 que refiere a aparatos de
calefacción independientes, de combustión por llama, que utilizan gases
licuados de petróleo, no conectados a un conducto de evacuación. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

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