{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "328" 
  ,"anioNorma" : 2024 
  ,"nombreNorma" : "INCORPORACION AL DERECHO INTERNO LA RESOLUCION DEL GRUPO MERCADO COMUN N° 03/23, RELATIVA AL \"SISTEMA DE DISTRIBUCION DE SEÑALES MULTIPUNTO MULTICANAL EN EL MERCOSUR (DEROGACION DE LAS RESOLUCIONES GMC N° 71/97 Y 43/98)\"" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2024/12/09/9" 
    ,"fechaPromulgacion" : "27/11/2024" 
  ,"fechaPublicacion" : "09/12/2024" 
  ,"vistos" : "    VISTO: la Resolución del Grupo Mercado Común, RES GMC N° 03/23 referida al \"Sistema de Distribución de Señales Multipunto Multicanal en el Mercosur (Derogación de las Resoluciones GMC N° 71/97 Y 43/98)\".\r\n\r\n   RESULTANDO: que la misma fue elaborada en la Comisión Temática de Servicios Públicos (CTSP-T) del Sub-Grupo de Trabajo N° 1 \"Comunicaciones del MERCOSUR\".\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que conforme a lo dispuesto en el artículo 38 del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre Estructura Institucional del MERCOSUR, Protocolo de Ouro Preto y su anexo, aprobado por Ley N° 16.712, de 1 de setiembre de 1995, los Estados Partes se comprometen a adoptar las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR, previstas en el artículo 2 del referido Protocolo;\r\n\r\n   II) que la citada Resolución no contiene disposiciones que contradigan la legislación y el orden público interno, correspondiendo en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 38, 40 y 42 del Protocolo Adicional citado, declarar aplicable en el derecho interno la referida Resolución;\r\n\r\n   ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por los artículos 38 y 42 del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR y Anexo 1994 (Protocolo de Ouro Preto), aprobado por la Ley N° 16.712, de 1 de setiembre de 1995, y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/328-2024/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Incorpórase al Derecho Interno, a partir de la publicación en el Diario Oficial, la Resolución del Grupo Mercado Común N° 03/23, que refiere al \"Sistema de Distribución de Señales Multipunto Multicanal en el Mercosur (Derogación de las Resoluciones GMC N° 71/97 Y 43/98)\". (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-internacional/328-2024/1\" >Texto de la Norma Internacional</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/328-2024/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Facúltase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones para que comunique a la Secretaría de MERCOSUR, a través de la Coordinación Nacional del Grupo Mercado Común, la incorporación al ordenamiento jurídico interno de la referida resolución.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/328-2024/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    LACALLE POU LUIS - ELISA FACIO - OMAR PAGANINI " 
 }