INCORPORACION AL DERECHO INTERNO LA RESOLUCION DEL GRUPO MERCADO COMUN N° 03/23, RELATIVA AL "SISTEMA DE DISTRIBUCION DE SEÑALES MULTIPUNTO MULTICANAL EN EL MERCOSUR (DEROGACION DE LAS RESOLUCIONES GMC N° 71/97 Y 43/98)"
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la Resolución del Grupo Mercado Común, RES GMC N° 03/23 referida al "Sistema de Distribución de Señales Multipunto Multicanal en el Mercosur (Derogación de las Resoluciones GMC N° 71/97 Y 43/98)".
RESULTANDO: que la misma fue elaborada en la Comisión Temática de Servicios Públicos (CTSP-T) del Sub-Grupo de Trabajo N° 1 "Comunicaciones del MERCOSUR".
CONSIDERANDO: I) que conforme a lo dispuesto en el artículo 38 del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre Estructura Institucional del MERCOSUR, Protocolo de Ouro Preto y su anexo, aprobado por Ley N° 16.712, de 1 de setiembre de 1995, los Estados Partes se comprometen a adoptar las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR, previstas en el artículo 2 del referido Protocolo;
II) que la citada Resolución no contiene disposiciones que contradigan la legislación y el orden público interno, correspondiendo en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 38, 40 y 42 del Protocolo Adicional citado, declarar aplicable en el derecho interno la referida Resolución;
ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por los artículos 38 y 42 del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR y Anexo 1994 (Protocolo de Ouro Preto), aprobado por la Ley N° 16.712, de 1 de setiembre de 1995, y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Incorpórase al Derecho Interno, a partir de la publicación en el Diario Oficial, la Resolución del Grupo Mercado Común N° 03/23, que refiere al "Sistema de Distribución de Señales Multipunto Multicanal en el Mercosur (Derogación de las Resoluciones GMC N° 71/97 Y 43/98)". (*)
Facúltase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones para que comunique a la Secretaría de MERCOSUR, a través de la Coordinación Nacional del Grupo Mercado Común, la incorporación al ordenamiento jurídico interno de la referida resolución.