ATRIBUCION DE JURISDICCION CONSULAR. ANGOLA. REPUBLICA DE SUDAFRICA




Promulgación: 24/09/2021
Publicación: 29/09/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la necesidad de ajustar jurisdicciones consulares ante los recientes cierres de Oficinas Consulares de la República realizados en el marco de la racionalización y reducción del gasto público;

   RESULTANDO: I) que por Decreto N° 332/014 del 14 de noviembre de 2014 se aprobó la distribución de jurisdicciones consulares estipulando que la Embajada de la República en la República de Angola ejercería la jurisdicción consular sobre la República de Angola;

   II) que por Resolución del Poder Ejecutivo del día 2 de marzo de 2021, se dispuso la clausura de la Embajada de la República en la República de Angola a partir del 15 de diciembre de 2020;

   CONSIDERANDO: I) que ante la clausura mencionada en el Resultando II) resulta oportuno establecer que la Embajada de la República en la República de Sudáfrica tendrá jurisdicción consular sobre la República de Angola y que ejerza supervisión sobre el Consulado General de la República en la República de Angola;

   II) que por Nota Verbal N° 74/EMB.ANG.BRAS/21 del 23 de junio de 2021 la Embajada de la República de Angola en la República Federativa del Brasil, concurrente ante la República, expresó la conformidad del Gobierno de la República de Angola para que la Embajada de la República en la República de Sudáfrica ejerza jurisdicción consular sobre el territorio de la República de Angola;

   III) que el cambio antes mencionado contribuirá a brindar una mayor y más eficiente asistencia a los compatriotas residentes en el territorio de la República de Angola;

   ATENTO: a lo antes expuesto, a lo establecido en el artículo 4° de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de fecha 24 de abril de 1963, y a lo informado por la Dirección de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Atribúyese jurisdicción consular sobre todo el territorio de la República de Angola a la Embajada de la República en la República de Sudáfrica, sin perjuicio de la jurisdicción consular que ejerza sobre otros territorios de conformidad con el Decreto N° 332/014 del 14 de noviembre de 2014 y restante normativa vigente.

Artículo 2

   La Embajada de la República en la República de Sudáfrica tendrá bajo su dependencia jerárquica y administrativa al Consulado General de la República en la República de Angola y a los Consulados de Distrito existentes o a crearse dentro del territorio de la República de Angola.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

   BEATRIZ ARGIMÓN - FRANCISCO BUSTILLO
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