{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "328" 
  ,"anioNorma" : 2004 
  ,"nombreNorma" : "HORA LEGAL. SE ATRASA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2004/09/23/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "15/09/2004" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/09/2004" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2004 
  ,"pagina" : 661 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/328-2004?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : " VISTO: la conveniencia de adecuar la hora legal;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que tal medida es pertinente a efectos de generar \r\ncondiciones que conduzcan a un ahorro de energía y una mejora en el \r\nfactor de carga diario y el desplazamiento del pico del consumo del \r\nverano;\r\n\r\nII) que a tales efectos se dispondrá el adelanto de la hora oficial en el \r\nperíodo comprendido entre el tercer domingo de setiembre de 2004 y el \r\nsegundo domingo de marzo de 2005;\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                     actuando en Consejo de Ministros                     \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/328-2004/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Adelántase la hora legal en toda la República a partir de la hora cero \r\ndel día 19 de setiembre de 2004. A tal fin, el próximo 18 de setiembre a \r\nlas 24 horas los relojes de toda la República serán adelantados 60 \r\nminutos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/328-2004/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Dispónese que a la hora cero del día 13 de marzo de 2005 se retrasará la \r\nhora legal en toda la República. A tales efectos, el 12 de marzo de 2005 \r\na las 24 horas los relojes de toda la República serán retrasados en \r\nsesenta minutos.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/328-2004/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/328-2004/3" 
 ,"textoArticulo" : "  El Ministerio de Defensa Nacional dispondrá que la Dirección Nacional de \r\nMeteorología efectúe las comunicaciones y publicaciones que corresponda.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/328-2004/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - DANIEL BORRELLI - DIDIER OPERTTI - ISAAC ALFIE - YAMANDU FAU -\r\nLEONARDO GUZMAN - GABRIEL GURMENDEZ - JOSE VILLAR - SANTIAGO PEREZ DEL \r\nCASTILLO - CONRADO BONILLA - MARTIN AGUIRREZABALA - JUAN BORDABERRY - SAUL \r\nIRURETA\r\n " 
 }