{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "328" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE REESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE PROGRAMAS PRESUPUESTALES. SERVICIO OFICIAL DE DIFUSION RADIO ELECTRICA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/05/07/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "22/04/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/05/1975" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1975 
  ,"pagina" : 874 
  } 
  ,"vistos" : "                          \r\n\r\nVisto: lo dispuesto por el artículo 67º de la ley 14.189 de 30 de abril de\r\n1974.\r\n\r\nResultando: I) Que en función de lo preceptuado por el decreto 454/974 de\r\n6 de junio de 1974, fue creado el Grupo de Trabajo cuyo cometido es el\r\nestudio y pronunciamiento sobre los proyectos de reestructuración y\r\nracionalización administrativa de los Programas Presupuestales;\r\n\r\nII) Que el Consejo Directivo del Servicio Oficial de Difusión Radio\r\nEléctrica, Programa 11.14, envió en plazo el proyecto de reestructura de\r\nsus Programas, produciendo su informe el Grupo de Trabajo, el que fue\r\nelevado al Director de la Oficina Nacional del Servicio Civil y al\r\nContador General de la Nación, quienes aconsejan su aprobación por parte\r\ndel Poder Ejecutivo.\r\n\r\nConsiderando: I) Que la reestructura propuesta por el Consejo Directivo\r\ndel Servicio Oficial de Difusión Radio Eléctrica propende a una\r\nracionalización de los servicios que ejecutan los cometidos\r\ncorrespondientes a la Unidad Ejecutora, cumpliéndose así con la norma\r\nobjetiva -en su letra y en su espíritu- representada por el citado\r\nartículo 67º;\r\n\r\nII) Que el citado proyecto no produce lesión de derechos funcionales, ni\r\nprovoca aumentos en las retribuciones de los cargos correspondientes a los\r\nactuales escalafones;\r\n\r\nIII) Que la partida utilizada no supera el 5% de las dotaciones\r\npresupuestales asignadas al Rubro 0 del Programa 11.14,\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/328-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : " Apruébase la reestructura presupuestal y racionalización administrativa de\r\nlos servicios de la Unidad Ejecutora Servicio Oficial de Difusión Radio\r\nEléctrica (Programa 11.14) que se encuentran glosados en estos\r\nantecedentes.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/328-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : " Créanse los cargos contratados, que se agregarán a los de la referida\r\nUnidad Ejecutora:\r\n\r\nNº de\r\ncargos         Denominación                                      Nivel\r\n\r\n   1      Director de TV Nacional............................     19\r\n   1      Director Técnico de TV Nacional....................     17\r\n   1      Director Programación TV...........................     14\r\n   1      Subdirector Técnico de TV..........................      8\r\n   1      Director de Radiodifusión..........................     19\r\n   1      Director Técnico de Radio..........................     17\r\n   1      Subdirector Técnico de Radio.......................      8\r\n   3      Jefes de Programación de Radio.....................      8\r\n   1      Director General Administrativo....................     19\r\n   1      Director Administrativo............................      8\r\n   1      Director de Espectáculos...........................     19\r\n   1      Director División Artística........................     15\r\n   1      Director de Escena.................................      9\r\n   1      Director de Escuela de Opera.......................      6\r\n   1      Director de Coro...................................      6\r\n   1      Médico Jefe........................................      7\r\n   1      Médico.............................................      6\r\n   1      Jefe de Relaciones Públicas........................      5\r\n\r\n Los niveles antes mencionados se retribuirán de acuerdo a lo establecido\r\npor el decreto 458/974 de 6 de junio de 1974.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/328-1975/3" 
 ,"textoArticulo" : " Los funcionarios de los niveles 14, inclusive y superiores deberán\r\nrealizar tareas en régimen de dedicación total, debiendo bajar 6 niveles\r\nen caso de o aceptar el mismo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/328-1975/4" 
 ,"textoArticulo" : " Autorízase al Ministerio de Educación y Cultura, previo asesoramiento de\r\nla Oficina Nacional del Servicio Civil, a cambiar la denominación de los\r\ncargos vacantes o que vaquen por efectos de la presente reestructura para\r\nadaptarlos a la misma.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/328-1975/5" 
 ,"textoArticulo" : " La estructura proyectada del Servicio Oficial de Difusión Radio Eléctrica\r\n(SODRE), se compone de 4 Direcciones: Radiodifusión, Televisión,\r\nEspectáculos y Administrativa, 1 Asesoría Letrada, 1 Comisión de\r\nPlanificación y Desarrollo, y 1 Secretaría de Relaciones Públicas. De la\r\nDirección de Radiodifusión dependen: 2 Divisiones: Programación y Técnica\r\ny 2 Departamentos: de Producción e Informativo. De la División\r\nProgramación dependen 2 Secciones: Radio Teatro y Evaluación. De la\r\nDivisión Técnica dependen 3 Departamentos: Estudio Central, Planta Central\r\ny Plantas del Interior; del Departamento de Producción dependen 3\r\nSecciones: Locución, Libretos y Discoteca. De la Dirección de Televisión\r\ndependen: Dirección de Canales del Interior, 2 Divisiones: Programación,\r\nTécnica y 2 Departamentos: Administrativo, Contable. De la División\r\nProgramación dependen 4 Departamentos: Producción de Programas,\r\nRealización Operativa, Información y Cine. Del Departamento de Realización\r\nOperativa dependen 5 secciones: Escenografía, Piso, Luminotecnia,\r\nCoordinación, Directores de Programas. De la División Técnica dependen 4\r\nDepartamentos: Operación, Videotape, Exteriores, Mantenimiento. Del\r\nDepartamento Administrativo dependen 4 Secciones: Reguladora de Trámite,\r\nPersonal, Intendencia, Mantenimiento Edificio. Del Departamento Contable\r\ndependen 4 Secciones: Comercial, Contaduría, Tesorería, Proveeduría. De la\r\nDirección de Espectáculos dependen: 2 Divisiones: Artística, Escena, el\r\nDepartamento Administrativo y las Secciones: Boletería, Costos y Contable.\r\nDe la División Artística dependen los Cuerpos Estables de: Orquesta\r\nSinfónica, Cuerpo de Baile, Coro, Escuela de Opera y Danza. De la División\r\nEscena dependen 6 Secciones: Escenografía, Luminotecnia, Sastrería,\r\nZapatería, Utilería, Calefacción y Escenotecnia. Del Departamento\r\nAdministrativo dependen 4 Secciones: Prensa y Afiches, Intendencia,\r\nPersonal, Contrataciones. De la Dirección General Administrativa dependen\r\n2 divisiones: Administrativa y Contable, así como las Secciones Foto-Cine\r\ncine-arte, Museo y Biblioteca. Con dependencia de la División\r\nAdministrativa: Reguladora de Trámite, Departamento de Servicios\r\nGenerales, Departamento de Personal, Estadística, Organización y Sistema y\r\nOficina Médica. En cuanto a las dependencias de la División Contable son:\r\nTesorería, Contaduría, Liquidaciones, Proveeduría e Inventario.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/328-1975/6" 
 ,"textoArticulo" : " La presente reestructura tendrá vigencia al día inmediato siguiente a la\r\naprobación expresa o tácita por el Consejo de Estado, debiendo efectuarse\r\nlas promociones, transformaciones y designaciones a que aquélla obligue.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/328-1975/7" 
 ,"textoArticulo" : " La planilla de cargos que forma parte de esta reestructura, está ajustada\r\nal padrón de sueldos de diciembre de 1974, no debiendo tener en cuenta\r\npara su puesta en práctica, las incorporaciones del personal del\r\nFrigorífico Nacional u otras que se hubieren efectuado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "8" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 8" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/328-1975/8" 
 ,"textoArticulo" : " Dentro de los noventa días de publicado el presente decreto, las Unidades\r\nEjecutoras, deberán presentar el nuevo Reglamento Orgánico-Funcional de\r\nsus dependencias.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "9" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 9" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/328-1975/9" 
 ,"textoArticulo" : " Dése cuenta al Consejo de Estado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "10" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 10" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/328-1975/10" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, publíquese y cumplido archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BORDABERRY - DANIEL DARRACQ - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS\r\n " 
 }