{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "327" 
  ,"anioNorma" : 2002 
  ,"nombreNorma" : "PRORROGA DE VIGENCIA DE LO DISPUESTO EN LOS ARTS. 2º, 3º Y 6º DEL DECRETO 558/994, RELATIVO A LAS TASAS DE DEVOLUCION DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2002/08/30/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "22/08/2002" 
  ,"fechaPublicacion" : "30/08/2002" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2002 
  ,"pagina" : 481 
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  ,"vistos" : " VISTO: el Decreto Nº 558/994, de 21 de diciembre de 1994, que estableció \r\nun régimen de devolución de tributos a las exportaciones.-\r\n\r\nRESULTANDO: que el mencionado régimen fue prorrogado por los Decretos \r\nNos. 233/995, de 28 de junio, 236/996, de 18 de junio de 1996, 220/997, \r\nde 30 de junio de 1997, 146/998, de 10 de junio de 1998, 173/999, de 10 \r\nde junio de 1999, 190/000, de 28 de junio de 2000, 228/001, de 20 de \r\njunio de 2001 y 247/002, de 28 de junio de 2002.-\r\n\r\nCONSIDERANDO: procedente prorrogar nuevamente la vigencia del referido \r\nrégimen.-\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en la Ley Nº 16.492, de 2 de \r\njunio de 1994.-\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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 ,"textoArticulo" : "  Prorrógase hasta el 30 de junio de 2003, el régimen consagrado en los \r\nartículos 2º, 3º y 6º del Decreto No 558/994, de 21 de diciembre de 1994 \r\ny las devoluciones de tributos fijadas a su amparo.-\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc..-\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - ALEJANDRO ATCHUGARRY - SERGIO ABREU - GONZALO GONZALEZ\r\n\r\n\r\n " 
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