El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
VISTO: que el Comando General de la Armada solicitó la modificación del Decreto N° 202/981, de 12 de mayo de 1981;
RESULTANDO: que por el referido Decreto se aprobó el "Reglamento para Ascenso a Guardia Marina del Cuerpo Especialista";
CONSIDERANDO: I) que la legislación vigente prevé al Cuerpo Especialista, el que se integra con Personal Subalterno en la jerarquía de Suboficial;
II) que dicha normativa ha tenido cambios, ampliando dentro de la citada jerarquía al total de los Suboficiales;
III) que ante las necesidades de la Armada Nacional de ocupar puestos en la jerarquía de Oficial Subalterno, la normativa legal vigente brinda la posibilidad de utilizar vacantes de Oficiales Subalternos del Cuerpo Comando por Oficiales del Cuerpo Especialista, lo cual hace necesario proceder a la modificación de las normas reglamentarias de ingreso al citado Cuerpo;
IV) que en la realidad actual de esa Fuerza, resulta necesario fortalecer el Cuerpo Especialista a fin de ampliar la capacidad de reclutamiento y propender al desarrollo personal y profesional del Personal Subalterno, flexibilizando de esta forma las condiciones de ingreso al mismo;
V) que asimismo es necesario generar las condiciones para que el personal tenga posibilidad de acceder a edades más tempranas al grado de Guardia Marina del Cuerpo Especialista, extendiendo la permanencia en actividad una vez alcanzadas las jerarquías de Oficial Subalterno;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por el Departamento Jurídico-Notarial del Ministerio de Defensa Nacional;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Apruébase el "Reglamento para Ascenso a Guardia Marina del Cuerpo Especialista de la Armada Nacional" (*) cuyo Anexo luce como adjunto y forma parte integrante del presente Decreto.