APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE UTE. EJERCICIO 2019




Promulgación: 15/10/2018
Publicación: 26/10/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Las partidas presupuestales que se consideran de carácter no limitativo y no podrán ser utilizadas como reforzantes son las incluidas en los Objetos:

   141.000 "Combustibles derivados del petróleo"; 
   148.000 "Compra de Energía";
   219.000 "Otros" (en lo que refiere a la partida por transporte de gas);
   251.000 "Arrendamiento de inmuebles en el país" (en lo que refiere a la partida por arrendamiento de terrenos donde se localizan equipos generadores);
   258.000 "Arrendamiento de Máquinas Industriales";
   261.021  "IRAE";
   261.030 "Impuesto al Patrimonio";
   262.040 "IVA pagos DGI",
   262.050 "IVA compras";
   263.010 "Tributos Municipales"; 
   263.020 "Tribunal de Cuentas";
   263.030 "Otros Tributos Nacionales";
   263.040 "Tributos Internacionales";
   279.000 "Servicios Contratados para Mantenimiento";
   297.000 "Derechos y Regalías" (se imputa el pago del canon por interconexión que integra el costo de abastecimiento de la demanda);
   515.000 "Versión de Resultados";
   519.020 "Otros subsidios a Organismos Públicos" (en lo que refiere a la comisión por administración pagada a la Comisión Técnico Mixta de Salto Grande);
   799.000 "Penalizaciones URSEA";
   Grupo 6 "Intereses y otros Gastos de Deuda"
   Grupo 8 "Clasificación de Aplicaciones Financieras",

        Se detallan los montos que corresponden a la partida de carácter
        no limitativo incluida en  los siguientes objetos:
        El objeto 141.000 "Combustibles derivados del petróleo", incluye
        una partida equivalente a $ 2.252.516.235 (dos mil doscientos
        cincuenta y dos millones quinientos dieciséis mil doscientos
        treinta y cinco pesos uruguayos) de combustible para generación.
        El objeto 251.000 "Arrendamientos de inmuebles en el país"
        incluye una partida equivalente a $ 25.407.695 (veinticinco
        millones cuatrocientos siete mil seiscientos noventa y cinco
        pesos uruguayos) por arrendamiento de predios de parques
        eólicos.
        El objeto 279.000 "Servicios Contratados para Mantenimiento"
        incluye una partida equivalente a $ 33.724.042  (treinta y tres
        millones setecientos veinticuatro mil cuarenta y dos pesos
        uruguayos) por canon de operación y mantenimiento de
        interconexión que integra el costo de abastecimiento de la
        demanda.
        El objeto 519.020 "Otros Subsidios  Organismos Públicos" incluye
        una partida por
        $ 271.059.000 (doscientos setenta y un  millones cincuenta y
        nueve mil pesos uruguayos), que corresponde a Gastos Delegación
        Comisión Técnica Mixta de Salto Grande.

   La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas podrá adecuar el monto de las partidas de carácter no limitativo de acuerdo a sus necesidades, dando cuenta a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.
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