VISTO: la modificación de nombre de la "Comisión de Integración Eléctrica
Regional" (CIER) aprobada por Resolución 00-43 del Comité Central, de
fecha 25 de abril de 2001, para transformarse en "Comisión de Integración
Energética Regional" (CIER);
CONSIDERANDO: 1º) que los objetivos principales de dicha Asociación
continúan enfocados hacia la integración y el desarrollo del sector
energético de la Región;
2º) que la contribución al desarrollo energético que brinda la mencionada
Asociación, originada en el Primer Congreso de Integración Eléctrica
Regional celebrado en Montevideo entre el 6 y el 12 de julio de 1964,
justifica mantener las facilidades otorgadas;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
El Ministerio de Relaciones Exteriores otorgará a la "Comisión de
Integración Energética Regional" (CIER), los beneficios concedidos a su
antecesora "Comisión de Integración Eléctrica Regional" (CIER) a través
del Decreto Nº 354/968 de fecha 4 de junio de 1968 y Resolución del Poder
Ejecutivo Nº 425/992 de fecha 23 de junio de 1992.
BATLLE - GUILLERMO VALLES - ALBERTO BENSION - ANTONIO MERCADER - SERGIO
ABREU