PRORROGA DE PLAZO DISPUESTO POR EL ART. 2° DEL DECRETO 89/018, PARA LA PRESENTACION DE SOLICITUD DE PAGO EN CUOTAS DE LA TASA ANUAL DE CONTROL PERMANENTE DE FIRMAS Y PRODUCTOS VETERINARIOS. 30 DE SETIEMBRE DE 2021




Promulgación: 22/09/2021
Publicación: 29/09/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 3

   Las exoneraciones y prórroga de plazos dispuestos en el presente Decreto, únicamente tendrán vigencia para el pago de la tasa anual de control permanente de firmas y productos veterinarios, correspondiente a los años 2020 y 2021 respectivamente.
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