MODIFICACION DEL REGIMEN DE FRANQUICIAS DE VEHICULOS PARA PERSONAS DISCAPACITADAS




Promulgación: 03/09/2007
Publicación: 10/09/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 653

Artículo 10

 La Dirección Nacional de Aduanas en ocasión del despacho del vehículo,
controlará que el valor definitivo facturado no supere el Precio Probable
de Venta al Público que será incluido en la respectiva resolución del
Ministerio de Economía y Finanzas.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 11.
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