{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "325" 
  ,"anioNorma" : 2006 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DE REQUISITOS PARA EL INGRESO A LA POLICIA CAMINERA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2006/09/22/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/09/2006" 
  ,"fechaPublicacion" : "22/09/2006" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2006 
  ,"pagina" : 641 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: el Decreto de fecha 7 de octubre de 2005 por el cual se ampliaron\r\nlos requisitos de ingreso a la Dirección Nacional de Policía Caminera.\r\n\r\nRESULTANDO: I) que por la referida norma y en aplicación de lo dispuesto\r\npor el Decreto N° 206/005 de 5 de julio de 2005, artículo 1° Sección\r\nliteral  F), se estableció entre otros requisitos especiales para el\r\ningreso del personal subalterno ejecutivo de la Dirección Nacional de\r\nPolicía Caminera, la altura mínima de 1,75 para los caballeros y de 1,65\r\npara las damas, y el poseer licencia de conductor de motos de un mínimo\r\nde 200 cc.\r\n\r\nII) que tales exigencias se han convertido en un grave escollo para\r\nseleccionar personal.\r\n\r\nIII) que la Dirección Nacional de Policía Caminera ha planteado la\r\nconveniencia de eliminar la exigencia de poseer libreta de conductor de\r\nmotos de un mínimo de 200 cc. ya que el uso de estos vehículos es para un\r\nreducido número de funcionarios y asimismo la posibilidad de reducir la\r\naltura mínima a 1,72 para caballeros y 1,62 para las damas en el\r\nentendido de que estas flexibilizaciones no perjudican el servicio ni el\r\nbuen perfil que se pretende para los funcionarios de esa Unidad\r\nEjecutora.\r\n\r\nCONSIDERANDO: que se estima conveniente la reducción de exigencias para\r\nel ingreso planteada por el Comando de la referida Dirección Nacional\r\ncompartiéndose la idea de que ellas no van en detrimento del servicio ni\r\nde la imagen del Instituto.\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/325-2006/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Redúcese la exigencia de altura mínima para el ingreso de personal\r\nsubalterno ejecutivo a la Dirección Nacional de Policía Caminera a la\r\nsiguiente: caballeros: 1,72 m., damas 1,62 m.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/325-2006/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Elimínase la exigencia de poseer licencia de conductor de motos de un\r\nmínimo de 200 cc. para el ingreso de personal subalterno ejecutivo a la\r\nreferida Dirección Nacional.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/325-2006/3" 
 ,"textoArticulo" : "  PUBLIQUESE y pase a la Dirección Nacional de Policía Caminera para su\r\nconocimiento y demás efectos.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - JUAN FAROPPA\r\n " 
 }