{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "325" 
  ,"anioNorma" : 1992 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE PLUNA. EJERCICIO 1991" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1992/10/05/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/07/1992" 
  ,"fechaPublicacion" : "05/10/1992" 
  ,"vistos" : "   Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto Operativo,\r\nde Operaciones Financieras y de Inversiones de las Primeras Líneas\r\nUruguayas de Navegación Aérea, correspondiente al ejercicio 1991.\r\n\r\n  Resultando: I) Que por Decreto Nº 394/91, de 30 de julio de 1991, se\r\naprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de\r\nInversiones correspondiente al ejercicio 1991, a precios del período enero\r\n- mayo 1990.\r\n\r\n  II) Que corresponde de acuerdo con lo dispuesto por los artículos Nº 4\r\ny 8º del Decreto Nº 394/991, ajustar las partidas de gastos tanto de\r\nfuncionamiento como de inversión, a efectos de recoger las variaciones en\r\nel nivel general de precios, salarios y tipo de cambio a precios enero -\r\ndiciembre de 1991, según su vigencia.\r\n\r\n  III) Que el Directorio resolvió en virtud de lo dispuesto por los arts.\r\n14 a 16 y 19 de la Ley Nº 15.851 de 24 de diciembre de 1986, y el Dto. Nº\r\n116/87 de 9 de marzo de 1987, y a lo informado por la Oficina de\r\nPlaneamiento y Presupuesto y la Oficina de Servicio Civil, incorporar a\r\nsus cuadros a un funcionario redistribuido a partir del 1 de noviembre de\r\n1991 en función de Oficial 1º (Presupuestado).\r\n\r\n  Considerando: I) Que los incrementos salariales dispuestos por el\r\nDirectorio de las Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea, así como\r\nlas restantes medidas reseñadas, se encuentran comprendidas dentro de los\r\nlineamientos de la política económica propiciada por el Poder Ejecutivo;\r\n\r\n  II) Que es necesario realizar una modificación presupuestal que autorice\r\nel financiamiento de las mismas;\r\n\r\n  III) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe;\r\n\r\n  Atento: A lo expuesto precedentemente:\r\n\r\n                      El Presidente de la República\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/325-1992/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Sustitúyanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto\r\nOperativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de las Primeras\r\nLíneas Uruguayas de Navegación Aérea correspondientes al ejercicio 1991,\r\nde acuerdo con el siguiente detalle:\r\n\r\n                                      N$                    N$\r\nI         INGRESOS                                   113.707.866.842\r\n1.1       Venta de Servicios                          91.117.406.980\r\n1.1.1     Pasajes               81.991.080.228\r\n1.1.2     Cargas                 4.592.100.775\r\n1.1.3     Correo                   420.555.018\r\n1.1.4     Exceso de Equipaje       819.006.087\r\n1.1.5     Asistencia en Tierra   3.294.664.872\r\n\r\n1.2       Arrendamiento de Equipo                      2.326.327.857\r\n1.3       Venta de Mercadería de Entreport.            2.264.849.235\r\n1.4       Otros Ingresos Ajenos al Transporte\r\n          (Sala  VIP)                                    325.296.000\r\n1.5       Ingresos Varios                              1.171.980.495\r\n1.6       Aporte Gobierno Central (Rentas\r\n          Gles. Ing. Cap.)                            16.502.006.275\r\n\r\n1) De no otorgarse el apoyo, la Empresa procedería a la venta del avión\r\nBoeing 707 a efectos de financiar el presupuesto.\r\n\r\nII        PRESUPUESTO OPERATIVO                   N$ 110.958.385.626\r\n\r\nRUBRO     DENOMINACION              N$                      N$\r\n\r\n0         RETRIBUCION SERV. PERSONALES                 8.706.129.517\r\n010       Personal Presupuestado 2.430.312.360\r\n-         Directorio                78.316.450\r\n-         Subsidios ex-Directores   88.527.263\r\n021       Personal Contratado    1.869.730.924\r\n032       Prima por Antigüedad     566.895.944\r\n041       Jornaleros                44.988.926\r\n071       Mayor Horario          1.462.285.301\r\n072       Horas Extra              914.582.187\r\n075       Compensación al Cargo    295.101.180\r\n076       Horario Nocturno          98.371.514\r\n078       Aguinaldo                694.089.964\r\n079       Compensación Inter-\r\n          continental              148.691.421\r\n081       Gastos de Represen-\r\n          tación                    16.098.386\r\n082       Quebranto de Caja         37.109.397\r\n\r\n-Aumento N$ 6.001.612.800\r\n-Comisión Entreport 65.415.000\r\n-Prestación Alimentación           734.198.032\r\n1 CARGAS LEGALES SOBRE SERVICIOS PERSONALES            3.941.371.809\r\n111       Ap. Patronal al Sist.\r\n          Seg. Social            3.654.317.762\r\n122       Por seguro accidente\r\n          de trabajo               150.361.515\r\n123       Fondo Nacional de Vi-\r\n          vienda                   136.692.532\r\n2 MATERIALES Y SUMINISTROS                            23.548.236.510\r\n3 SERVICIOS NO PERSONALES                             52.611.652.680\r\n4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOB. NUEVOS                      2.453.458.000\r\n7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS                     1.790.907.110\r\n751       Prima por matrimonio       8.839.180\r\n752       Hogar constituido        357.527.858\r\n753       Prima por Nacimiento      11.048.974\r\n754       Prestación por hijos      97.115.200\r\n759       Prestación por aliment.  733.769.280\r\n773.1     Becas                     37.834.155\r\n773.2     Aguinaldo Becas            3.152.846\r\n774       Asistencia Médica        508.911.276\r\n779       Fondo pre-jubilatorio     32.708.341\r\nIII OPERACIONES FINANCIERAS                        N$ 17.906.630.000\r\n8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS                       17.906.630.000\r\n8.1       Amortización Deuda\r\n          Interna                1.471.750.000\r\n8.2       Amortización Deuda\r\n          Externa                9.931.166.000\r\n8.3       Intereses Deuda\r\n          Interna                  158.340.000\r\n8.4       Intereses Deuda\r\n          Externa                6.345.374.000\r\nIV PRESUPUESTO DE INVERSIONES                       N$ 4.337.064.550\r\n\r\n4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOB.\r\n  NUEVOS                         3.850.067.550\r\n6 CONST. MEJORAS Y REP.\r\n  EXTRAORD.                        486.997.000\r\n\r\n  La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en\r\nmoneda extranjera, se detallan en los cuadros<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\"\r\nBORDER=0> adjuntos que forman parte\r\nde este decreto.\r\n  Los rubros 0 \"Retribución de Servicios Personales\", 1 \"Cargas Legales\r\nSobre Servicios Personales\" y 7 \"Subsidios y Otras Transferencias\" están\r\nexpresados a precios promedio de todo el año 1991 e incluyen a partir del\r\n1º de noviembre de 1991 las partidas correspondientes a la incorporación\r\nde un Oficial I (Presupuestado) en virtud del procedimiento de la\r\nredistribución.\r\n  Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera\r\nestán estimadas a la cotización de N$ 2.030 (Nuevos Pesos dos mil treinta)\r\npor dólar americano. Las partidas en moneda nacional correspondientes a\r\nlos restantes rubros presupuestales están expresadas a precios promedio de\r\ntodo el año 1991.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/1992/10/05/8\" target=\"_blank\">Nº 325/992</a> de \r\n14/07/1992.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/325-1992/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/325-1992/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Dése cuenta a la Asamblea General.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/325-1992/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/325-1992/3" 
 ,"textoArticulo" : "   Pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/325-1992/3?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/325-1992/4" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " WILSON ELSO GOÑI - IGNACIO DE POSADAS MONTERO\r\n " 
 }