APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE PLUNA. EJERCICIO 1991




Promulgación: 14/07/1992
Publicación: 05/10/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
  Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto Operativo,
de Operaciones Financieras y de Inversiones de las Primeras Líneas
Uruguayas de Navegación Aérea, correspondiente al ejercicio 1991.

  Resultando: I) Que por Decreto Nº 394/91, de 30 de julio de 1991, se
aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones correspondiente al ejercicio 1991, a precios del período enero
- mayo 1990.

  II) Que corresponde de acuerdo con lo dispuesto por los artículos Nº 4
y 8º del Decreto Nº 394/991, ajustar las partidas de gastos tanto de
funcionamiento como de inversión, a efectos de recoger las variaciones en
el nivel general de precios, salarios y tipo de cambio a precios enero -
diciembre de 1991, según su vigencia.

  III) Que el Directorio resolvió en virtud de lo dispuesto por los arts.
14 a 16 y 19 de la Ley Nº 15.851 de 24 de diciembre de 1986, y el Dto. Nº
116/87 de 9 de marzo de 1987, y a lo informado por la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Servicio Civil, incorporar a
sus cuadros a un funcionario redistribuido a partir del 1 de noviembre de
1991 en función de Oficial 1º (Presupuestado).

  Considerando: I) Que los incrementos salariales dispuestos por el
Directorio de las Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea, así como
las restantes medidas reseñadas, se encuentran comprendidas dentro de los
lineamientos de la política económica propiciada por el Poder Ejecutivo;

  II) Que es necesario realizar una modificación presupuestal que autorice
el financiamiento de las mismas;

  III) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe;

  Atento: A lo expuesto precedentemente:

                      El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

  Sustitúyanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de las Primeras
Líneas Uruguayas de Navegación Aérea correspondientes al ejercicio 1991,
de acuerdo con el siguiente detalle:

                                      N$                    N$
I         INGRESOS                                   113.707.866.842
1.1       Venta de Servicios                          91.117.406.980
1.1.1     Pasajes               81.991.080.228
1.1.2     Cargas                 4.592.100.775
1.1.3     Correo                   420.555.018
1.1.4     Exceso de Equipaje       819.006.087
1.1.5     Asistencia en Tierra   3.294.664.872

1.2       Arrendamiento de Equipo                      2.326.327.857
1.3       Venta de Mercadería de Entreport.            2.264.849.235
1.4       Otros Ingresos Ajenos al Transporte
          (Sala  VIP)                                    325.296.000
1.5       Ingresos Varios                              1.171.980.495
1.6       Aporte Gobierno Central (Rentas
          Gles. Ing. Cap.)                            16.502.006.275

1) De no otorgarse el apoyo, la Empresa procedería a la venta del avión
Boeing 707 a efectos de financiar el presupuesto.

II        PRESUPUESTO OPERATIVO                   N$ 110.958.385.626

RUBRO     DENOMINACION              N$                      N$

0         RETRIBUCION SERV. PERSONALES                 8.706.129.517
010       Personal Presupuestado 2.430.312.360
-         Directorio                78.316.450
-         Subsidios ex-Directores   88.527.263
021       Personal Contratado    1.869.730.924
032       Prima por Antigüedad     566.895.944
041       Jornaleros                44.988.926
071       Mayor Horario          1.462.285.301
072       Horas Extra              914.582.187
075       Compensación al Cargo    295.101.180
076       Horario Nocturno          98.371.514
078       Aguinaldo                694.089.964
079       Compensación Inter-
          continental              148.691.421
081       Gastos de Represen-
          tación                    16.098.386
082       Quebranto de Caja         37.109.397

-Aumento N$ 6.001.612.800
-Comisión Entreport 65.415.000
-Prestación Alimentación           734.198.032
1 CARGAS LEGALES SOBRE SERVICIOS PERSONALES            3.941.371.809
111       Ap. Patronal al Sist.
          Seg. Social            3.654.317.762
122       Por seguro accidente
          de trabajo               150.361.515
123       Fondo Nacional de Vi-
          vienda                   136.692.532
2 MATERIALES Y SUMINISTROS                            23.548.236.510
3 SERVICIOS NO PERSONALES                             52.611.652.680
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOB. NUEVOS                      2.453.458.000
7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS                     1.790.907.110
751       Prima por matrimonio       8.839.180
752       Hogar constituido        357.527.858
753       Prima por Nacimiento      11.048.974
754       Prestación por hijos      97.115.200
759       Prestación por aliment.  733.769.280
773.1     Becas                     37.834.155
773.2     Aguinaldo Becas            3.152.846
774       Asistencia Médica        508.911.276
779       Fondo pre-jubilatorio     32.708.341
III OPERACIONES FINANCIERAS                        N$ 17.906.630.000
8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS                       17.906.630.000
8.1       Amortización Deuda
          Interna                1.471.750.000
8.2       Amortización Deuda
          Externa                9.931.166.000
8.3       Intereses Deuda
          Interna                  158.340.000
8.4       Intereses Deuda
          Externa                6.345.374.000
IV PRESUPUESTO DE INVERSIONES                       N$ 4.337.064.550

4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOB.
  NUEVOS                         3.850.067.550
6 CONST. MEJORAS Y REP.
  EXTRAORD.                        486.997.000

  La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera, se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte
de este decreto.
  Los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
Sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" están
expresados a precios promedio de todo el año 1991 e incluyen a partir del
1º de noviembre de 1991 las partidas correspondientes a la incorporación
de un Oficial I (Presupuestado) en virtud del procedimiento de la
redistribución.
  Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera
están estimadas a la cotización de N$ 2.030 (Nuevos Pesos dos mil treinta)
por dólar americano. Las partidas en moneda nacional correspondientes a
los restantes rubros presupuestales están expresadas a precios promedio de
todo el año 1991.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 325/992 de 
14/07/1992.
Referencias al artículo

WILSON ELSO GOÑI - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
Ayuda