{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "324" 
  ,"anioNorma" : 2019 
  ,"nombreNorma" : "INCLUSION EN LAS DISPOSICIONES DEL DECRETO 303/019, A LAS ENTIDADES QUE ADMINISTREN PROPIEDADES REALIZANDO LA COBRANZA DE ARRENDAMIENTOS COMPRENDIDAS EN LAS NORMAS QUE SE DETERMINAN" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2019/11/11/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "04/11/2019" 
  ,"fechaPublicacion" : "11/11/2019" 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/324-2019?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "    VISTO: la petición formulada por la Cámara Inmobiliaria Punta del Este Maldonado.\r\n\r\n   RESULTANDO: que el Decreto N° 303/019 de 14 de octubre de 2019 suspendió transitoriamente, para determinadas entidades, el régimen de retenciones aplicable a los contratos de arrendamiento temporario de inmuebles con fines turísticos.\r\n\r\n   CONSIDERANDO: que es conveniente ampliar el alcance de la disposición reglamentaria a otros contribuyentes que realizan la misma actividad.\r\n\r\n   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 29 del Título 7 y por el artículo 10 del Título 8, ambos del Texto Ordenado 1996,\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/324-2019/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Inclúyense en las disposiciones del Decreto N° 303/019 de 14 de octubre de 2019 a las entidades que administren propiedades realizando la cobranza de arrendamientos comprendidas en el literal c) del artículo 36 del Decreto N° 148/007 de 26 de abril de 2007, y el literal b) del artículo 32 del Decreto N° 149/007 de 26 de abril de 2007.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/324-2019/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, notifíquese y archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI " 
 }