La Comisión Nacional de Coordinación tendrá las siguientes
atribuciones:
a) Conocer y decidir sobre los planes operativos anuales;
b) Conocer y formular recomendaciones sobre los informes que presentará
el Director de la Unidad Ejecutora del Proyecto;
c) Conocer los resultados de los estudios de evaluación que deberá llevar
a cabo la Unidad de Proyectos y Cooperación Técnica del Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca y formular las recomendaciones
pertinentes d)
Conocer y aprobar las propuestas de modificaciones que puedan afectar
el convenio existente entre el Gobierno de la República y el FIDA, como
los presupuestos y planes operativos anuales;
e) Conocer los informes anuales de auditoría de la ejecución del Proyecto;
f) Establecer los mecanismos adecuados y realizar las acciones necesarias
para garantizar la eficiente y coordinada participación de las
instituciones con responsabilidad en la ejecución del Proyecto.