APOYO AL PEQUEÑO PRODUCTOR AGROPECUARIO




Promulgación: 07/07/1993
Publicación: 21/07/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1993
  •    Página: 44
    Visto: el Contrato de Préstamo celebrado entre el Gobierno de la
República Oriental del Uruguay y el Fondo Internacional de Desarrollo
Agrícola (FIDA), dependiente de la Organización de las Naciones Unidas, de
fecha 20 de mayo de 1993 (Préstamo 332-UR), para la ejecución del Proyecto
Nacional de Apoyo al Pequeño Productor Agropecuario.

   Considerando: I) De acuerdo con el artículo 145 inciso 2º de la ley
15.851, de fecha 24 de diciembre de 1986 "no requieren ratificación
legislativa los convenios o contratos que el Poder Ejecutivo, los Entes
Autónomos y Servicios Descentralizados celebren con organismos
internacionales de los que el país forma parte;

II) El país suscribió el Convenio Constitutivo del Fondo Internacional de
Desarrollo Agrícola, aprobado por la Conferencia de las Naciones Unidas de
fecha 13 de junio de 1976;

III) La dirección superior y ejecución del Proyecto corresponden al
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través de la Unidad
Ejecutora del Proyecto, con el apoyo de una Comisión Nacional de
Coordinación del Proyecto;

IV) A efectos de la ejecución del mencionado Proyecto se considera
conveniente la creación de un marco institucional adecuado.

   Atento: a lo precedentemente expuesto,

                 El Presidente de la República

                             DECRETA:

Artículo 1

   Créase la Comisión Nacional Coordinadora del Proyecto Nacional de Apoyo
al Pequeño Productor Agropecuario.

LACALLE HERRERA - GONZALO CIBILS DUTRA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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