REGLAMENTACION DE LA LEY 19.017, SOBRE EL ACUERDO DE MEDIDAS DEL ESTADO RECTOR DEL PUERTO DESTINADAS A PREVENIR, DESALENTAR Y ELIMINAR LA PESCA ILEGAL, NO DECLARADA Y NO REGLAMENTADA
La inspección de los buques que ingresen a puerto uruguayo será desempeñada en la órbita de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos, por los funcionarios inspectivos que esta designe.