MODIFICACION DE ARANCELES DE ADUANA PARA EL PRODUCTO ESTERES METILICOS DE ACIDOS GRASOS




Promulgación: 06/06/1979
Publicación: 25/06/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1774
Visto: la gestión promovida por Enzur Ltda. tendiente a que se incluya en
la Sección Materias Primas de la Tarifa de Aduanas, al producto "Esteres
metílicos de los ácidos láurico y mirístico".

Resultando: que los informes producidos por la Dirección Nacional de
Industrias del Ministerio de Industria y Energía y las oficinas técnicas y
especializadas de la Dirección Nacional de Aduanas, son favorables en ese
sentido.

Considerando: que la ley 14.629, de 5 de enero de 1977 en su artículo 23º,
eliminó la Sección Materias Primas de la Tarifa de Aduanas, por lo que
corresponde la modificación de los Aranceles, de acuerdo a lo propuesto
por el Cuerpo Permanente de la Junta de Aranceles.

Atento: a lo que establecen los artículos 4º y 27º de la ley 14.629, de 5
de enero de 1977 y a lo informado por la Dirección Nacional de Industrias,
la Dirección Nacional de Aduanas y las Asesorías Económico-Financiera y
Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,

El Presidente de la República,

                              DECRETA:

Artículo 1

              Modifícanse los Aranceles de Aduana en la Subposición
29.14.03.80, la que quedará redactada de la manera siguiente:

" 80      Los demás:
  81      Esteres metílicos de ácidos
          grasos comprendidos entre
          10 y 18 átomos de carbono
          ambos inclusive.............  IMADUNI 10% TMB 2%.
  89      Los demás...................  IMADUNI 100% TMB 5%"

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - LUIS H. MEYER
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