DEROGACION DE LOS DECRETOS 448/984 Y 322/995, RELATIVOS A LAS EDADES DE RETIRO OBLIGATORIO PARA JEFES Y OFICIALES DEL CUERPO AUXILIAR (CA) DE LA ARMADA NACIONAL
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Armada, por la cual solicita la derogación de los Decretos N° 448/984, de 11 de octubre de 1984 y N° 322/995, de 23 de agosto de 1995;
RESULTANDO: I) que por el citado Decreto N° 448/984, se establecieron las edades de retiro obligatorio para los Jefes y Oficiales del Cuerpo Auxiliar (CA) de la Armada Nacional;
II) que por el precitado Decreto N° 322/995, se resolvió suspender la aplicación del mencionado Decreto N° 448/984, hasta tanto el Comando General de la Armada apruebe la racionalización mencionada en el Considerando de dicho Decreto;
III) que el referido Considerando establece que el Comando General de la Armada entendió necesaria la suspensión del Decreto N° 448/984 precitado, en virtud de que la racionalización que se encuentra a estudio de dicha Fuerza, producirá modificaciones en la estructura de cargos de los Escalafones Técnico-Profesionales de la misma y por lo tanto, en la situación de los Profesionales Universitarios que prestan servicios en la Armada Nacional;
CONSIDERANDO: I) que dicha racionalización nunca se efectivizó y que los mencionados Decretos no se aplican en la actualidad;
II) que los citados Decretos son manifiestamente ilegítimos, en tanto por vía reglamentaria se introdujeron modificaciones en materia reservada de la Ley como lo es la previsión social, y que se violenta el principio de legalidad debido a que las edades de retiro obligatorio se encuentran establecidas a texto expreso por el Decreto-Ley N° 14.157 (Orgánico de las Fuerzas Armadas), de 21 de febrero de 1974;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando General de la Armada y por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Comuníquese y por el Departamento Administración Documental del Ministerio de Defensa Nacional pase al Comando General de la Armada para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.