APROBACION DEL REGLAMENTO TECNICO METROLOGICO PARA LOS ANALIZADORES DE ALCOHOL EN ALIENTO UTILIZADOS PARA LA FISCALIZACION DE LA CONCENTRACION DE ALCOHOL EN SANGRE
Podrá reconocerse por el LATU la aprobación de aquellos modelos que cuenten con Certificado de Conformidad OIML vigente, siempre y cuando en un ensayo preliminar de una muestra, según surge del punto 6.1.3 del Reglamento y Agregado 1 del mismo, pueda concluirse que el instrumento corresponde al declarado en el certificado, cumple los requisitos de la presente reglamentación, y además se presente declaración jurada que garantice la veracidad del Certificado de aprobación, su protocolo de ensayo y cualquier otra documentación que sea requerida.