VISTO: la Resolución GMC N° 02/04 de 31 de marzo de 2004, por lo que se
deroga la Resolución N° 24/98 GMC relativa a "Puntos de Ingreso/Egreso de
Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas;
RESULTANDO: que por la misma se aprobó los "Puntos de Ingreso/Egreso de
Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas";
CONSIDERANDO: I) que conforme a lo dispuesto en el Artículo 38 del
Protocolo adicional al Tratado de Asunción sobre Estructura Institucional
del MERCOSUR, Protocolo de Ouro Preto y su anexo, aprobado por Ley N°
16.712 de 1° de setiembre de 1995, los Estados Partes se comprometen a
Adoptar las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos
territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del
MERCOSUR, previstos en el Artículo 2 del referido Protocolo;
II) que la citada Resolución no contiene disposiciones que contradigan la
legislación y el orden público interno, correspondiendo en cumplimiento de
lo dispuesto en los Artículos 38, 40 y 42 del Protocolo Adicional citado,
declarar aplicable en el derecho interno la referida Resolución;
III} que dicha actualización, elevada por la División Sustancias
Controladas de la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud
Pública, cuenta con la aprobación de la División Normas e investigación de
dicha Secretaría de Estado, por lo que corresponde proceder en
consecuencia;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N°
9.202-Orgánica de Salud Pública de 12 de enero de 1934 y concordantes;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA: