REGLAMENTACION DE LA LEY 18.627, REGULATORIA DEL MERCADO DE VALORES EN LA REPUBLICA




Promulgación: 16/09/2011
Publicación: 22/09/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 707
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.627 de 02/12/2009,
      TO 1996 (Decreto 338/996) de 28/08/1996 artículo 19 - Título 10 
numeral 2º), literal A),
      Ley Nº 16.060 de 04/09/1989 artículos 304 y 419.

CAPITULO I - COMISION DE PROMOCION DEL MERCADO DE VALORES

Artículo 8

 Carácter y alcance de la representación. Se entenderá, salvo
manifestación expresa en contrario, que cada integrante de la Comisión
compromete la opinión y decisión de su respectivo representado.-

Los cargos en la Comisión serán honorarios, sin perjuicio de que cada
representante podrá ser individualmente remunerado por la institución o
grupo que represente.-

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