REGLAMENTACION DE LA LEY 18.627, REGULATORIA DEL MERCADO DE VALORES EN LA REPUBLICA




Promulgación: 16/09/2011
Publicación: 22/09/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 707
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.627 de 02/12/2009,
      TO 1996 (Decreto 338/996) de 28/08/1996 artículo 19 - Título 10 
numeral 2º), literal A),
      Ley Nº 16.060 de 04/09/1989 artículos 304 y 419.

CAPITULO VII - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 36

 Relaciones de Consumo. Conforme al artículo 18 de la ley que se
reglamenta, las relaciones de los inversores con los intermediarios de
valores, bolsas y entidades registrantes serán relaciones de consumo
comprendidas en el régimen de la ley N° 17.250 del 11 de agosto de 2000,
en la medida que se configuren los requisitos establecidos por la misma.-
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